CARRRIL VÁZQUEZ., XOSE MANUEL
El derecho genérico a la protección de la salud y el derecho específico a la protección pública de la asistencia sanitaria suponen, siempre en el caso concreto de la mujer embarazada, algo más que su acceso a todo el conjunto de prestaciones médicas, farmacéuticas y otras prestaciones sanitarias que conforma el modelo de acción protectora de nuestro actual Sistema de Salud. Y es que hay en juego otros derechos más específicos a través de los cuales pretende garantizarse a la mujer embarazada la libre elección de las circunstancias de su parto, como son el derecho a la atención sanitaria pública por su condición de mujer embarazada, el derecho a conocer el protocolo de atención sanitaria por maternidad para decidir, a través de su plan de parto, el tipo de atención que desea recibir, y por último, el derecho a elegir el lugar de parto. Sobre todo ello se centra la presente publicación, que tiene por finalidad analizar la regulación legal de la atención sanitaria al parto en España en el marco de un estudio de Derecho comparado (con lo legislado al respecto en Francia, Reino Unido y Alemania, en su condición de Estados europeos muy significativos desde el punto de vista del Derecho comparado) e internacional (de la situación del tema en el Convenio Europeo de Derechos Humanos al hilo de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos), teniendo siempre presente que la mujer embarazada no debe ser considerada ni tratada como una mujer enferma.
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