GOMES FAVACHO, FERNANDO
INTRODUCCIÓN
1. Metodología y objeto de estudio
2. Sistema Jurídico y Sistema de la Ciencia Jurídica
CAPÍTULO I
PREMISAS PARA LA DEFINICIÓN DE UN CONCEPTO JURÍDICO
1.1 No existe derecho sin lenguaje jurídico
1.2 La Lógica y el estudio del Derecho
1.3 Definición de conceptos jurídicos
CAPÍTULO II
NORMA JURÍDICA TRIBUTARIA
2.1 Norma jurídica tributaria
2.2 Sistema jurídico tributario
CAPÍTULO III
ACEPCIONES JURÍDICAS DEL TÉRMINO "TRIBUTO"
3.1 Plurisignificación estática y dinámica
3.2 Tributo como norma tributaria
3.3 Tributo como norma fínanciera
3.4 Tributo como pecunia
CAPÍTULO IV
DEFINICIÓN DEL CONCEPTO DE TRIBUTO
4.1 Criterios para la definición del concepto de tributo
4.2 "Prestación pecuniaria, en moneda o en cuyo valor ella se pueda expresar"
4.3 "Compulsoria"
4.4 "Que no constituya sanción por acto ilícito"
4.5 "Instituida en ley"
4.6 "Cobrada mediante una actividad administrativa plenamente vinculada"
4.7 Definición del concepto de tributo: síntesis conclusiva
CAPÍTULO V
CLASIFICACIÓN DE LOS TRIBUTOS
5.1 La definición denotativa en la Constitución Federal de 1988
5.2 El carácter tributario de las contribuciones sociales y de los empréstitos compulsorios
5.3 Clasificación de las especies tributarias
CAPÍTULO VI
FINALIDAD DE LOS TRIBUTOS
6.1 Finalidad y destinación de los tributos
6.2 Breves notas sobre el valor cobrado y la contraprestación de los tributos
CAPÍTULO VII
DIÁLOGO INTERTEXTUAL BRASIL-PERÚ
7.1 En la duda, es tributo
7.2 ¿Dónde se encuentra la definición del concepto de tributo?
7.3 Clasificación de los tributos y la cuestión de las contribuciones
7.4 El FGTS y el FONAVI
Toda actividad crítica es un metalenguaje. No olvidemos que cualquier análisis de las teorías hasta entonces producidas sobre un objeto de investigación tiene su aspecto metalingüístico. Fernando Gomes FAVACHO ha producido en este libro un carácter semiótico de crítica. La excelencia de un crítico no solo se mide por su argumentación, sino también por la calidad de sus elecciones (Ezra POUND). Se observa muy claramente la excelencia de las opciones adoptadas por el autor porque pudo ordenar su investigación y dejar el conocimiento apto para que los próximos investigadores puedan, en la vivacidad de la ciencia del derecho tributario elaborada por él, recorrer sus pasos, reconociendo rápidamente los puntos en los cuales la propia evolución del derecho obliga a la dogmática jurídica a su renovación cíclica. Gomes FAVACHO ha demostrado una aguda percepción porque pudo conferir funcionalidad a su producción. Al adoptar recursos metodológicos y teóricos, no se restringió a un análisis meramente especulativo.
Clarice von Oertzen de ARAUJO
Abogada
Magíster y Doctora en Derecho por la PUC/SP
Libre-docente en Filosofía del Derecho por la USP
Profesora de la PUC/SP y del IBET
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