MACEDO JUNIOR, RONALDO PORTO
Nota sobre una publicación tardía
Agradecimientos
Introducción
Carl Schmitt en el contexto de los años 1920-1940
El decisionismo jurídico
Trazos fundamentales del decisionismo.
Decisionismo y "occasio"
La democracia-dictatorial decisionista
La teoría de la institución
Trazos fundamentales del institucionalismo
Implicaciones del pensamiento de Hauriou
Institucionalismo y sociología jurídica
Soberanía y pluralismo
La influencia de Santi Romano
Normalidad y pensamiento del orden concreto
Soberanía y decisión
Normalidad y excepción
El institucionalismo schmittiano
Validez y decisión
Conclusión: el decisionismo institucionalista de Schmitt
Bibliografia
Ronaldo Porto Macedo Jr.
Livre-Docente, Doctor en Derecho, Mestre en Filosofía y Bacharel en Derecho y en Ciencias Sociales por la USP. Visiting Scholar en Harvard Law School (1994-1996) y Yale Law School (2002). Posdoctorado en Kings College of London (2008-2009). Profesor del Center for Transnational Legal Studies London (2008) y National University of Singapore (2013). Profesor en Direito-GV y Facultad de Derecho de la USP. Principales obras: Contratos relacionales y defensa del consumidor (2006); Filosofía política (coord., 2008); Direito e Interpretação: Racionalidades e Instituições (coord., 2011).
Este libro tiene como objetivo analizar las características esenciales del pensamiento jurídico de Carl Schmitt entre los años comprendidos de 1922 a 1934. La tesis afirma que el pensamiento decisionista de Schmitt de los años veinte se transformó, sin volverse contradictorio, al recibir la influencia del pensamiento jurídico institucionalista, en particular de las obras de Maurice Hauriou y Santi Romano. En otras palabras, es posible hablar de la existencia de un "institucionalismo" en el pensamiento de Schmitt a partir de la década de 1930.
El trabajo concluye que Schmitt realiza un esfuerzo coherente de compatibilización del "pluralismo institucionalista" de los años treinta con el "monismo decisionista" de los años veinte en su formulación de la teoría de la orden concreta (konkretes Ordnungsdenken), especialmente desarrollada en su ensayo, aún poco conocido, "Sobre los tres tipos de pensamiento jurídico", de 1933. Para Schmitt, la decisión soberana sería entendida como el fundamento para la instauración de una orden jurídica, en la cual se instituye una normalidad. Este momento de excepción, con todo, constituye uno de los aspectos necesarios e intrínsecos de su teoría jurídica.
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