CARBALLEIRA RIVERA, MARIA TERESA
PRIMERA PARTE. LAS FUNDACIONES PRIVADAS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL DERECHO ESPAÑOL
CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO 2. EL DERECHO DE FUNDACIÓN
I. Del derecho de fundación civil al derecho de fundación constitucional
II. El artículo 34 de la Constitución Española
1. Un derecho constitucional no fundamental
2. Un derecho constitucional vinculado a la propiedad
3. Un derecho avocado al cumplimiento de una fi nalidad de interés general
A. En concreto, el interés general y su proyección como interés público
III. Otros elementos nucleares del derecho de fundación
1. El carácter non profi t de las fundaciones
2. El destinatario genérico
3. La imposibilidad de retorno del patrimonio fundacional al fundador y su afectación a un fin público
4. La necesaria dotación fundacional
5. El protectorado de las fundaciones
CAPÍTULO 3. EL DERECHO DE FUNDACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
I. Introducción
II. La inadecuada regulación de la potestad organizatoria de la Administración pública en la Ley de fundaciones
1. Inadecuación del artículo 34 CE como soporte del derecho de fundación de la Administración pública
2. Inadecuación del artículo 149.1.8 CE como título competencial estatal
A. ¿Competencia en materia de legislación civil o en materia de régimen jurídico de las Administraciones públicas?
B. El entrecruzamiento de lo público y lo privado y su resolución competencial
III. El reconocimiento de capacidad para constituir fundaciones
1. Sobre el concepto de capacidad
2. La atribución de competencias como medida de la capacidad
IV. Potestad organizatoria de la Administración y constitución de fundaciones privadas
1. Sobre el alcance de la potestad organizatoria
2. Límites al ejercicio de la potestad organizatoria para la creación de organizaciones privadas
3. En concreto, los límites para la creación de fundaciones privadas
CAPÍTULO 4. RÉGIMEN JURÍDICO DE LAS FUNDACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
I. El fenómeno fundacional en ámbito público
1. Evolución histórica
2. La situación actual. El marco regulador
3. De la tipicidad a la tipología: Fundaciones del sector público y fundaciones privadas
4. La adscripción de las fundaciones al sector público
II. Concepto de fundación de la Administración
1. La naturaleza del fundador y el patrimonio fundacional como criterios defi nitorios
2. La unifi cación del concepto de fundación de la Administración
III. Régimen jurídico de las fundaciones de la administración
1. Constitución de la fundación
A. Formación del expediente administrativo de autorización
B. La escritura de constitución. Los Estatutos
2. Organización y funcionamiento
A. El Patronato
B. El Protectorado
3. Las competencias de las fundaciones
A. El ejercicio de potestades públicas
B. La obligada conexión de la actividad de la fundación con las competencias de la fundadora
C. La imposibilidad de atribución de competencias propias
D. Sobre el carácter instrumental de las fundaciones
E. Los concretos fi nes de la fundación
a) El carácter no lucrativo
b) El carácter altruista
c) La equiordenación de intereses
d) La búsqueda del partenariado
e) La prestación de servicios públicos
F. Recapitulación
4. Otras cuestiones de interés
A. Fusión y extinción de la fundación
B. Las especialidades del régimen jurídico de las fundaciones del sector público
a) En especial, la contratación y la encomienda de gestión
IV. Quid de las fundaciones de la Administración
SEGUNDA PARTE. LAS FUNDACIONES EN EL DERECHO COMPARADO
CAPÍTULO 1. INTRODUCCIÓN
CAPÍTULO 2. LAS FUNDACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL DERECHO FRANCÉS
1. La fundación civil francesa. En especial la fundación de empresa
2. Los Groupements dintérêt public
A. Origen y naturaleza jurídica
B. Régimen jurídico
CAPÍTULO 3. LAS FUNDACIONES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA EN EL DERECHO ITALIANO
1. Introducción
2. La privatización del sector público italiano y el fenómeno fundacional
A. Las causas del cambio
B. Los nuevos retos de la Administración pública contemporánea
C. Hacia la privatización subjetiva
D. Las fundaciones privadas como colofón del fenómeno privatizador
3. Tipología de fundaciones en el Derecho italiano
A. El retorno a la fi gura fundacional originaria de determinados entes públicos
B. La conversión de entes públicos en fundaciones
a) Las fundaciones bancarias
b) Las fundaciones de carácter asistencial, social y cultural
b.1. El Istituti di ricovero e cura a carattere scientifi co (IRCCS)
b.2. Los enti lirici
C. La creación ex novo de fundaciones
4. Las fundaciones en el ámbito local
A. El iter legislativo
B. La gestión de los servicios de cultura y tiempo libre
C. La gestión de otros servicios locales
5. Balance fi nal. Pros y contras de las fundaciones en Italia
BIBLIOGRAFÍA
El presente libro realiza un estudio exhaustivo de las fundaciones creadas por la Administración Pública al amparo del artículo 34 de la Constitución española y su desarrollo normativo posterior.
En él se aborda la institución fundacional desde muy diversas vertientes brindando al lector una imagen integrada y global de la naturaleza jurídica, tipología y régimen jurídico de las fundaciones en mano pública. En concreto, las preguntas planteadas a lo largo del estudio giran en torno a tres grandes ejes de cuestiones: ¿qué es una fundación de la Administración y para qué sirven?; ¿cuáles son los puntos fuertes y débiles de este tipo de institución en manos del poder público?; y, ¿qué ocurre en los países de nuestro entorno? Respecto de la primera, la obra efectúa un desmenuzamiento del alcance de la potestad organizatoria de la Administración y los límites a la creación de entes privados, los distintos tipos de fundaciones surgidos al hilo de las más variadas normativas, autonómica y estatal, y los aspectos cruciales de su funcionamiento tales como la adecuación de la fi gura del protectorado,la atribución de competencias, el sistema de contratación o la extinción de estos entes.
El análisis detallado de la normativa vigente permite asimismo desvelar la idoneidad de la figura de cara a la búsqueda del partenariado y la colaboración interadministrativa en determinadas materias pero también la debilidad y asimetría del sistema y la disfuncionalidad del derecho privado aplicado a las estructuras públicas. Problemas irresolutos como la necesidad de dictar una norma que regule los aspectos esenciales de la fi gura aplicada al campo administrativo, la responsabilidad de los patronos, la prestación de servicios públicos a través de estas figuras o la permanente intermediación del juez civil en los más variados aspectos de la vida de la fundación dan contestación a la segunda de las cuestiones.
El libro se cierra con un examen detenido del derecho francés e italiano y la importante aportación que su experiencia gestora supone para nuestro derecho. La proliferación de fundaciones en la Administración italiana junto con las alternativas administrativas a la figura fundacional del derecho francés, permiten dibujar un paisaje de futuro para la evolución del Derecho Administrativo español.
La claridad expositiva de esta obra junto con una adecuada ordenación sistemática culmina una obra que ayudará al lector a obtener conocimiento riguroso de un tema de plena actualidad.
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