HECHOS Y PRUEBA SUPERVENIENTE EN EL PROCESO PENAL MEXICANO - 2.ª ED. 2024

HIDALGO MURILLO, JOSÉ DANIEL

$ 350.00 MXN
$ 332.50 MXN
18.09 $
15,89 €
Editorial:
ANAYA EDITORES
Año de edición:
2024
ISBN:
978-968-453-556-5
Páginas:
249
Encuadernación:
Rústica - Pasta blanda

Disponibilidad:

  • OFICINA Y ALMACÉN CENTRALLibro físico - salida Inmediata
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INTRODUCCIÓN

CAPÍTULO 1
HECHO DELICTIVO Y DESCUBRIMIENTO DE LOS HECHOS
1.1 El descubrimiento de los hechos
1.2 Derecho y descubrimiento de la verdad
1.2.1 Inteligencia como conocimiento de la realidad
1.2.2 Verdad y carga probatoria
1.2.3 Verdad: independencia e imparcialidad
1.2.4 Verdad y justicia
1.2.5 Verdad y control jurisdiccional del juez de control
1.2.6 Verdad y control jurisdiccional del acto probatorio
1.3 Ética y prueba de refutación superveniente
1.3.1 Desde la ética de la prueba
1.3.2 Desde el principio pro persona
1.3.3 Desde el principio de inmediación
1.3.4 ¿Por qué prueba nueva de refutación?
1.3.5 Ética de la prueba hacia el bien común

CAPÍTULO 2
HECHO Y PRUEBA SUPERVENIENTE
2.1 Conceptos
2.2 Prueba superveniente en ia cultura jurídica mexicana
2.3 Prueba superveniente en la jurisprudencia
2.4 Prueba superveniente en el derecho comparado

CAPÍTULO 3
HECHO Y PRUEBA SUPERVENIENTE EN EL DERECHO PENAL
3.1 Hecho y/o prueba nueva en la legislación
3.1.1 Prueba nueva en el Código Militar
3.1.2 Prueba nueva en el Código Nacional
3.1.3 Análisis del Dr. Hesbert Benavente Chorres
3.1.4 Separar para comprender la lectura
3.1.5 Memo iuhs ex officio
3.1.6 Alcances de la consecución de la verdad
3.1.7 Principio de congruencia
3.1.8 Exigencia constitucional
3.2 Descubrimiento probatorio y prueba superveniente
3.2.1 Errores procesales del descubrimiento probatorio
3.2.2 Descubrimiento permanente
3.2.3 Secreto y reserva
3.2.4 Descubrimiento -final y equívoco- ante el ministerio público
3.2.5 La necesidad de descubrir ante el juez
3.2.6 Sanción por ocultamiento probatorio
3.3 Hecho nuevo y dogmática penal
3.3.1 Hecho, tipicidad e imputación
3.3.2 Los hechos como objeto del proceso penal

CAPÍTULO 4
PRUEBA NUEVA PARA HECHOS NUEVOS
4.1 ¿Puede darse prueba nueva de hechos viejos?
4.1.1 La importancia de interpretar los alcances de la norma
4.1.2 Prueba superveniente conocida previamente
4.1.3 Prueba superveniente no conocida previamente
4.2 ¿Pueden darse hechos nuevos?
4.2.1 Los hechos nuevos en materia penal
4.2.2 Hechos nuevos en otras legislaciones
4.2.3 ¿En qué casos podrían aceptarse hechos nuevos?
4.3 ¿Puede admitirse prueba nueva de hechos nuevos?
4.3.1 ¿Quién puede proponer la prueba nueva?
4.3.2 ¿Cómo se propone la prueba nueva?
4.3.3 ¿Cómo se desahoga la prueba nueva?
4.3.4 ¿Cómo se procede si la prueba nueva demuestra hechos nuevos?

CAPÍTULO 5
HECHO, PRUEBA NUEVA Y PRUEBA DE REFUTACIÓN
5.1 Descubrir: ¿por qué falta la verdad?
5.2 ¿Cómo facilitar la verdad a la defensa?
5.2.1 Prueba nueva
5.2.2 ¿Se puede rechazar la prueba nueva?
5.3 Prueba de refutación
5.3.1 ¿Cómo se prepara la refutación?
5.3.2 Necesidad y vacío probatorio
5.3.3 Controlar el contra-interrogatorio
5.3.4 Contra-interrogar con la ayuda de videos y documentos
5.3.5 Contra-interrogatorio de veracidad
5.3.6 Contra-interrogatorio de credibilidad
5.3.7 Contra-interrogatorio de autenticidad
5.3.8 Contra-interrogatorio con documentos que desmienten
5.3.9 Un resumen de la prueba de refutación

CONCLUSIÓN
BIBLIOGRAFÍA

El Código Nacional de Procedimientos Penales y el Código Militar de Procedimientos Penales han admitido el concepto de prueba superveniente. El tema de la prueba superveniente y/o nueva prueba y/o prueba para mejor proveer exige analizar varios subtemas. Dos de ellos es la verdad como objeto del proceso y la ética como exigencia de las partes procesales. Por eso, es importante preguntarnos si se ha renunciado con ello al descubrimiento de la verdad o si se ha renunciado a que sea el juez el que busque y encuentre esa verdad. En la poca práctica que se ha dado a partir del 2014, algunos jueces han aplicado la norma produciendo una praxis interesante:

• Primero. Algunos jueces han admitido prueba nueva sobre los hechos imputados, acusados, objeto del juicio.
• Segundo. Algunos jueces han cometido el error de admitir hechos nuevos y, por ello, admitir para ellos prueba superveniente.
• Tercero. Algunos jueces han abierto el juicio a pruebas porque se ha dado una nueva reclasificación jurídica que exige, para ellos, prueba superveniente.

Esta praxis es, en parte, objeto del presente libro. La realidad de una norma que introduce la prueba superveniente me obliga escribir en dos direcciones: la primera, para volver a escribir sobre prueba superveniente para los mismos hechos y, la segunda, para analizar, desde mi experiencia personal, si es posible hechos nuevos y, por ende, prueba superveniente para hechos nuevos que es como ahora reza la norma.

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