DÍAZ - ARANDA, ENRIQUE
ACERCA DEL AUTOR
DEDICATORIA
VORWORT
PROLOGO
INTRODUCCIÓN DE LA PRIMEA EDICIÓN EN 1999
LA DESESPERANZA EN 2021
ABREVIATURAS
CAPÍTULO I
Ubicación sistemática del dolo
CAPÍTULO II
Conceptuación del dolo
CAPÍTULO III
El dolo en el sistema funcionalista social
CAPÍTULO IV
El dolo en el derecho penal mexicano antes de la reforma constitucional de 2008
CAPÍTULO V
El dolo en el derecho penal mexicano después de la reforma constitucional de 2008
CONCLUSIONES
ANEXO
BIBLIOGRAFÍA
A la pregunta ¿qué es el dolo?, muchos contestarían: es la intención de dañar o de cometer el delito o de producir el resultado. Dichas respuestas serían parcialmente correctas, ya que el delito doloso también se puede cometer sin tener alguna de las intenciones antes referidas. Lo erróneo de dichas respuestas radica en la idea equivocada del dolo como el querer, pues lo más importante es el saber y con ello ya tenemos un verdadero galimatías jurídico: ¿qué se debe saber? y ¿por qué no necesariamente se necesita querer para obrar con dolo?
Todo lo anterior solo es el inicio de un debate teórico que tiene consecuencias prácticas importantísimas, pues, si bien es cierto que el dolo no se necesita acreditar para vincular a proceso, también lo es que sí es necesario demostrarlo para dictar la sentencia condenatoria, porque, de lo contrario, se violarán derechos humanos que deben ser protegidos en instancias procesales superiores nacionales e internacionales.
Por si fuera poco, hay muchos delitos que se clasifican como culposos que son realmente dolosos y ello, si fueran debidamente clasificados, no sólo implicaría vincular a proceso al imputado por un delito doloso, sino también aplicar la prisión preventiva oficiosa, negar medios alternativos y, al final del proceso, imponer una pena muy superior a la del delito culposo.
Todo lo anterior se analiza y esclarece en el libro que el lector tiene en sus manos.
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