FERRER, EZEQUIEL
Prólogo
Palabras preliminares
CAPÍTULO I
Abuso sexual en línea Por Ezequiel Ferrer
1. Introducción
2. Las nuevas figuras legales y la renovación de los medios comisivos en los delitos clásicos
3. Los delitos sexuales y las nuevas tecnologías
4. El abuso sexual
5. Abuso sexual en línea
6. Abuso sexual de niñas, niños y adolescentes en línea y grooming
7. Jurisprudencia
8. Conclusión
9. Bibliografía
CAPÍTULO II
Aproximación a algunos aspectos problemáticos en torno al delito de grooming en el derecho penal argentino
Por Rubén Ignacio Urriza
1. Tipo objetivo
2. Tipo subjetivo
3. Consumación y tentativa
4. Relación concursal con otras figuras
5. Algunas consideraciones finales político-criminales
6. Bibliografía
9. Abreviaturas
CAPÍTULO III
El delito de intrusismo informático
Por Alejandro Piagentini
1. Introducción: una figura polémica
2. El fenómeno del hacking y su tipología
3. Antecedentes y marco normativo de la figura
4. El bien jurídico protegido
5. Hermenéutica de la figura en la legislación argentina
6. Conclusiones
7. Bibliografía
CAPÍTULO IV
Aseguramiento versus retención de datos de tráfico de las
comunicaciones electrónicas
Por Víctor Hugo Portillo
1. Introducción
2. Concepto de prueba e identificación de la medida de retención y aseguramiento de datos
3. La medida de retención de datos de tráfico de las comunicaciones electrónicas
4. El caso particular de España
5. Breve análisis de la medida de retención de datos de tráfico de las comunicaciones
6. El aseguramiento de datos como medida alternativa a la retención de dalos
7. Conclusión
8. Bibliografía
CAPÍTULO V
Ciberseguridad, ciberdelito y ciberdelincuencia. Estado actual en latinoamérica: comparación entre Ecuador y Argentina.
Por Guillermo Saquicela Espinoza
Abreviaturas
10. Introducción
11. El estado actual de la cuestión
12. El caso argentino
13. El caso ecuatoriano
14. La anacronía de los principios originarios de derecho internacional
15. La necesidad del ecuador de adherir al convenio de Budapest
16. Libertad probatoria versus reserva de ley: breve referencia
17. A manera de conclusión
18. Bibliografía
El sistema penal que hemos conocido hasta ahora estaba pensado para la persona física y construido sobre la base de las relaciones causales. Los delitos dicen nuestros códigos son acciones u omisiones. Sin embargo, sobre esos presupuestos no es posible extender la responsabilidad penal a comportamientos que, en ocasiones no realiza el ser humano y que no pueden ubicarse ni en el tiempo ni en el espacio. La aparición del internet da al traste con los criterios de territorialidad y se compadece mal con el principio según el cual los delitos resultan cometidos allá donde se produce la acción o con el criterio clásico de la dimensión temporal del delito, según la cual se entiende producido en el momento en que el sujeto ejecuta la acción u omite el resultado.
La cibercriminalidad y sus consecuencias directas o colaterales para el sistema penal son de tal magnitud que el mundo del derecho tampoco ha sido capaz de reaccionar a tiempo. Es necesario que hagamos un gran esfuerzo por asegurar que estos cambios vertiginosos en el ordenamiento jurídico con el objetivo de luchar contra esta criminalidad no terminen convirtiéndose en una coartada para consolidar unas políticas criminales empeñadas en limitar el acceso de las personas a sus derechos. Con este panorama la obra, que va a comenzar a leer, tiene el valor añadido de reflexionar sobre estas reformas, estas nuevas tipificaciones desde la visión crítica de unos juristas comprometidos con las exigencias de un Estado de Derecho.
Borja Mapelli Caffarena
Catedrático de Derecho Penal
Director del Instituto de Criminología
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