ITURRALDE, MANUEL
El Grupo de Derecho de Interés Público (G-DIP), con el apoyo de la Acción Colectiva de Objetores y Objetoras de Conciencia (ACOOC) y la organización de cooperación internacional sueca Civis, presentó en 2009 una demanda de inconstitucionalidad en contra del artículo 27 de la Ley 48 de 1983, la cual regula el servicio militar obligatorio en Colombia. Esta norma omitió incluir a los objetores de conciencia dentro de las personas exentas de cumplir con esta obligación ciudadana. El objetivo de la demanda era que se reconociera la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio como un derecho fundamental del ordenamiento jurídico colombiano. En octubre de 2009, la Corte Constitucional, por medio de la Sentencia C-728, falló a favor de las pretensiones de la demanda del G-DIP y reconoció la objeción de conciencia al servicio militar obligatorio como un derecho fundamental y exhortó al Congreso de la República para que expidiera una ley en la que se definieran las condiciones en las que puede hacerse efectivo este derecho.
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