FELIU ÁLVAREZ DE SOTOMAYOR, SILVIA
Introducción I. La contratación de servicios turísticos en el siglo XXI: Un nuevo contexto II. Una nueva regulación: La Directiva (UE) 2015/2302 2.1. Ámbito de aplicación espacial 2.2. Ámbito de aplicación subjetivo: empresarios turísticos y viajeros 2.3. Ámbito de aplicación material de la Directiva: viajes combinados y servicios de viaje vinculados A) Definición de «viaje combinado» en la Directiva (UE) 2015/2302 B) Definición de «servicios de viaje vinculados» de la Directiva (UE) 2015/2302 C) Contratos independientes sobre servicios de viaje únicos 2.4. Derecho sustantivo armonizado: Directiva de armonización máxima 2.5. La transposición de la Directiva 2015/2302 en los Estados Miembros. Especial referencia a España A) La transposición de la Directiva (UE) 2015/2302 en España B) Consecuencias del incumplimiento del plazo de transposición de la Directiva (UE) 2015/2302 2.6. Relación de la Directiva 2015/2302 con otras disposiciones legales III. Derecho conflictual presente en la contratación de viajes combinados y en la contratación de servicios de viaje vinculados 3.1. El Reglamento (CE) 593/2008 (Roma I) 3.2. ¿Aplicación de la normativa de consumo? 3.3. Cuestiones incluidas en el ámbito de la ley aplicable IV. La ley aplicable al contrato de viaje combinado 4.1. Condiciones subjetivas previstas en la Directiva 2015/2302 4.2. Condiciones objetivas de aplicabilidad previstas en el Reglamento Roma I 4.3. La Ley aplicable al contrato de viaje combinado A) Ley elegida por las partes a) Requisitos para la elección de ley b) Especial referencia a las cláusulas de elección de ley aplicable insertas en las condiciones generales de los contratos de viaje combinado B) Derecho aplicable en ausencia de elección o de elección invalida 4.4. La celebración del contrato de viaje combinado A) Fase previa: información precontractual a) Información precontractual y documentos necesarios b) Modificaciones del contrato de viaje combinado antes del inicio del viaje B) Contratación: capacidad, consentimiento y forma C) La ejecución del contrato de viaje combinado: responsabilidad de los organizadores y minoristas. D) Tras la celebración del contrato V. Derecho conflictual presente en la contratación de servicios de viaje vinculados 5.1. La Ley aplicable en la contratación de servicios de viaje vinculados 5.2. Responsabilidad del empresario que facilita servicios de viaje vinculados VI. Régimen jurídico de Protección frente a la insolvencia en los viajes combinados y servicios de viaje vinculados 6.1. Protección de los viajeros frente a la insolvencia de los empresarios (organizadores o minoristas) de viajes combinados 6.2. Protección de los viajeros frente a la insolvencia en la contratación de servicios de viaje vinculados 6.3. Derecho conflictual presente en el régimen jurídico de Protección frente a la insolvencia A) El criterio de las actividades dirigidas B) ¿Se consigue con dicho criterio alcanzar el equilibrio de intereses tan deseado por la Directiva? 6.4. Límite de la garantía 6.5. Reconocimiento mutuo de la protección frente a la insolvencia y cooperación administrativa VII. A modo de reflexión, ¿Logra la Directiva 2015/2302 el Equilibrio entre los operadores turísticos? 7.1. Intereses presentes en la Directiva 7.2. Equilibrio de intereses en el derecho material armonizado 7.3. Equilibrio de intereses en el derecho conflictual A) Equilibrio de intereses en el contrato de viaje combinado B) Equilibrio de intereses en la contratación de servicios de viaje vinculados C) Equilibrio de intereses en sede de insolvencia 7.4. Medidas correctoras del desequilibrio de intereses entre empresarios y viajeros BibliografÍa Anexos Anteproyecto de Ley por la que se modifica el texto refundido de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados, por la que se modifican el Reglamento (CE) nº 2006/2004 y la Directiva 2011/83/UE del Parlamento Europeo y del Consejo y por la que se deroga la Directiva 90/314/CEE del Consejo Reglamento (CE) Nº 593/2008 del Parlamento Europeo y del Consejo de17 de junio de 2008 sobre la Ley aplicable a las obligaciones
En el presente trabajo se aborda el estudio de la Directiva (UE) 2015/2302 del Parlamento Europeo y del Consejo de 25 de noviembre de 2015 relativa a los viajes combinados y a los servicios de viaje vinculados desde la perspectiva del Derecho Internacional Privado, lo que configura un enfoque totalmente novedoso e inexplorado hasta el momento. La monografía implica un análisis del iter contractual de los viajes combinados y servicios de viaje vinculados, esto es, la fase previa, en todo lo referente a la información precontractual; la fase de contratación y ejecución del contrato; y tras la celebración del contrato, prestando especial atención a la regulación de la responsabilidad por la ejecución del viaje combinado y a la regulación de la protección del viajero frente a la insolvencia del empresario. Para ello se da un enfoque original de trabajo: se analiza el derecho sustantivo armonizado en la nueva Directiva, pero también del derecho conflictual aplicable a los contratos de viajes combinados y servicios de viaje vinculados, para demostrar la existencia de un desequilibrio de intereses en favor del viajero y del contratante de servicios de viajes vinculados, en detrimento de los organizadores y minoristas. De interés para juristas especializados en el sector turístico, así como para operadores del sector que precisan conocer el ordenamiento jurídico aplicable a sus operaciones de mercado.
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