GONZÁLEZ JIMÉNEZ, PEDRO MARIO
PRÓLOGO
NOTA DEL AUTOR
ABREVIATURAS
INTRODUCCIÓN
PRIMERA PARTE. LAS CONDUCTAS DE MENOR IMPORTANCIA EN EL DERECHO EUROPEO DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO I
LA NOCIÓN DE RESTRICCIÓN DE LA COMPETENCIA EN EL ART. 101.1 TFUE
CAPÍTULO II
LA CUESTIÓN DE LA LICITUD O ILICITUD DE LOS ACUERDOS DE MENOR IMPORTANCIA
CAPÍTULO III
CRITERIOS PARA DETERMINAR LA MENOR IMPORTANCIA DE UN ACUERDO
CAPÍTULO IV
LOS ASPECTOS CONTROVERTIDOS
CAPÍTULO V
EL ABUSO DE POSICIÓN DE DOMINIO DEL ART. 102 TFUE Y EL REQUISITO DE LA RESTRICCIÓN SENSIBLE O APRECIABLE DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO VI
RECAPITULACIÓN DE IDEAS
SEGUNDA PARTE. LAS CONDUCTAS DE MENOR IMPORTANCIA EN EL DERECHO ESPAÑOL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA
CAPÍTULO VII
ANTECEDENTES
CAPÍTULO VIII
LA LEY DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA DE 3 DE JULIO DE 2007 Y SU REGLAMENTO DE DESARROLLO
CAPÍTULO IX
TRES ÚLTIMOS INTERROGANTES EN TORNO A LAS CONDUCTAS DE MENOR IMPORTANCIA EN SEDE NACIONAL
PROPUESTA DE INTERPRETACIÓN DE LA MATERIA ANALIZADA
BIBLIOGRAFÍA
Esta monografía tiene por objeto principal el análisis de las conductas de menor importancia o, lo que es lo mismo, la prueba de la apreciabilidad en los ilícitos antitrust. Su propósito estriba en la elaboración de una teoría omnicomprensiva sobre estos comportamientos que sea respetuosa con los distintos pronunciamientos jurisprudenciales en la materia y con las distintas realidades jurídicas con las que se relaciona. En ella el autor repara en razonamientos inspirados en la ciencia económica o en otras disciplinas jurídicas que pueden auxiliar al intérprete en la tarea de comprender el rol de la prueba de la sensibilidad, especialmente el Derecho administrativo sancionador.
Para ello esta monografía se estructura en dos partes: la primera dedicada al estudio de las conductas de menor importancia en el Derecho de defensa de la competencia de la Unión Europea y la segunda dirigida a analizar ese mismo asunto pero en el ámbito del Derecho antitrust español. Cierto es, no obstante, que en la segunda de las partes referidas el tratamiento del Derecho español se acompaña de las oportunas referencias al Derecho comparado y, en especial, a los ordenamientos de los Estados miembros de la Unión Europea.
El estudio se cierra con una macro conclusión que constituye la tesis principal de la investigación: una propuesta de interpretación favorable a poner de manifiesto, por un lado, que este criterio hermenéutico está omnipresente en el Derecho antitrust y, por otro, que reviste un carácter polifacético merced al cual se explica la doctrina de minimis en sus diferentes manifestaciones.
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