OCHOA OLVERA, SALVADOR
Presentación
Advertencia
Nota introductoria
Primera parte
Capítulo primero
1.1. Introducción general del daño moral y el consecuencial daño punitivo (Ley Ferenda)
1.2. Aspectos sustantivos del daño moral y el consecuencial daño punitivo a la luz de la reforma de 10 de junio de 2011 al artículo primero de la Constitución General de la República
1.3. La dignidad. La relación fundamental en el daño moral y el daño punitivo
1.4. La dignidad en los instrumentos internacionales
1.5. La dignidad de las personas como derecho humano es el núcleo duro del daño moral y del daño punitivo
1.6. La dignidad humana y corporativa, el daño moral y las personas morales
1.7. Tesis jurisprudenciales negativas sobre la titularidad de derechos humanos y las personas morales
1.8. Tesis jurisprudenciales positivas sobre la titularidad de derechos humanos y las personas morales
1.9. El daño moral y la sociedad mexicana
Capítulo segundo
El daño en nuestro derecho
2.1. El daño
2.2. El daño en nuestro derecho. Tipos de daño
2.3. Daño patrimonial y daño moral
2.4. Antecedente histórico: el daño moral en roma
2.5. Antecedentes legislativos del daño moral en nuestro derecho
2.6. Antecedentes legislativos del daño moral en nuestro Código Civil de 1870
2.7. Código Penal de 1871
2.8. Código Civil de 1928
2.9. Bienes jurídicos que tutela el daño moral
2.10. Patrimonio moral de la persona, objetivo y subjetivo
2.11. Autonomía del daño moral
2.12. La nación y/o el Estado como sujeto pasivo del daño moral
2.13. Reparación moral
2.14. ¿Quien puede ejercer la acción de reparación?
2.15. Personas obligadas indemnizar moralmente
2.16. Prescripción de la acción de reparación extrapatrimonial
2.17. Actividad del órgano jurisdiccional en el daño moral
2.18. La prueba del daño moral en el derecho mexicano
2.19. La facultad discrecional del juez para fijar el monto de la indemnización por daño moral
2.20 Cómo determinar el monto de la indemnización
2.21. Aspectos sustantivos del daño moral
2.22. Casos hipotéticos
2.23. Aspectos procesales (competencia)
2.24. Reparación moral personalísima, prescripción y prueba del daño moral
2.25. Precisiones y excepciones al principio de la transmisión de la acción por daño moral de una persona fallecida. A los herederos el directamente agraviado
2.26. La prescripción de dos años para ejercer la acción de daño moral
2.27. El daño moral y el consecuencial del daño punitivo deben ser imprescriptibles
2.28. Estructura de la reparación moral
2.29. El daño moral puesto al día a través de las tesis y jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación
2.30. El daño moral y la jurisprudencia actualizada
Segunda parte
El daño punitivo (Ley Ferenda)
Capítulo primero
1.1. El daño punitivo. Aspectos generales
1.2. El daño punitivo y la semántica
1.3. Los derechos humanos, el daño moral y el daño punitivo
1.4. Daño punitivo (Ley Ferenda)
1.5. Las identidades del daño moral y el consecuencial daño punitivo con los derechos humanos
1.6. Derechos humanos y derechos morales
1.7. España. Síndrome del aceite tóxico (SAT) aceite colza
1.8. Los bienes morales y la cibernética
1.9. El deber ser del daño punitivo
1.10. Compuesto sustantivo del daño punitivo
1.11. El daño punitivo en el orden jurídico positivo mexicano
1.12. El daño punitivo y la SCJN (función preventiva y punitiva civil)
1.13. La justificación del daño punitivo en nuestro derecho en relación con el dolo lucrativo
1.14. El respeto y la civilidad en la sociedad mexicana
1.15. La integración del daño punitivo en el derecho mexicano
1.16. Daño punitivo y la dignidad
1.17. La dignidad corporativa
1.18. Ejemplos para conceptualizar el daño punitivo en el derecho mexicano
Capítulo segundo
El daño punitivo. Definición y bienes tutelados
2.1. Definición daño punitivo
2.2. Aspectos sustantivos de las sanciones punitivas civiles en el derecho mexicano
2.3. Titulares activos y pasivos del daño punitivo
2.4. El daño punitivo no es una figura subsidiaria de responsabilidad civil
2.5. La prueba del daño punitivo. Sistemas de prueba del daño punitivo
2.6. La condena y su prueba
2.7. Dimensiones de la prueba del daño punitivo
2.8. Medios de prueba del daño punitivo
2.9. El daño punitivo y la carga dinámica de la prueba
2.10. Sistema de prueba amplio en materia de daños punitivos
2.11. La prescripción del daño punitivo
2.12. La dignidad es imprescriptible
2.13. El daño punitivo no tiene como fuente exclusiva unitaria el daño moral
2.14. La condena por daño punitivo y la facultad discrecional del juzgador para fijarla
2.15. La compensación en el daño moral y punitivo
2.16. No puede imponerse un mínimo y un máximo normativo a la condena por daño punitivo
2.17. El poder judicial federal y la mutabilidad del daño punitivo
Capítulo tercero
El daño punitivo en el derecho comparado
3.1. El daño punitivo mexicano y el derecho estadounidense
3.2. Ley de jueces
Capítulo cuarto
Casos mexicanos de derecho punitivo
4.1. Las explosiones de San Juanico
4.2. Explosiones de gasolina en Guadalajara
4.3. Las chapopoteras y la pequeña fuga en el campo Ek-Balam
4.4. Enseñanzas que nos dejan los casos mexicanos
4.5. La actualidad del daño punitivo en la jurisprudencia mexicana
4.6. Caso Mayan Palace. Puntos básicos de la sentencia
4.7. Las aseguradoras y las afianzadoras frente al daño punitivo. El incumplimiento reiterado y la mala fe
4.8. Caso de daño punitivo por cáncer cérvicouterino
Capítulo quinto
La responsabilidad del Estado. Derechos humanos frente al daño moral y el consecuencial daño punitivo
5.1. La asegurabilidad del daño el moral y el consecuencial daño punitivo
El Poder Judicial del Estado de México, así como la Escuela Judicial del Estado de México, se complacen en presentar el presente libro: El daño moral y el daño punitivo (ley ferenda). Derecho nacional, derecho comparado y jurisprudencia actualizada. Este trabajo es una reedición en su primera parte (daño moral), actualizada y puesta al día, del exitoso libro La demanda del daño moral, publicado en 1991. Constituyó un trabajo excepcional y vanguardista en materia de derechos de la personalidad y el derecho de daños y, de manera específica, del daño moral.
No es de menor importancia mencionar que, desde su publicación en 1991 hasta el año 2000, los libros ascendían a más de 50 mil ejemplares, lo que demostró la importancia y valía del trabajo realizado hace más de tres décadas. Por ello, se consideró importante aprobar esta edición, que en sí misma representa su aspecto sustantivo y procesal, renovando la vigencia del tema y, sobre todo, la primicia que implica escribir y proponer el estudio de forma y fondo del daño punitivo en nuestro derecho actual, institución civil que surge como respuesta a la modernidad de la responsabilidad civil de manera integral, el derecho de daños y sus concordancias con el derecho nacional y el derecho comparado. La tasación del mismo no implica escribir sobre lo que se lee, sino lo que piensa y propone el autor sobre el daño punitivo: la definición y conceptualización del mismo, su prueba, sentencia y ejecución, no pasando por alto el tema de la asegurabilidad integral de este tipo de daños, todo ello sobre la base de los elementos que se cuentan a partir de la interpretación que ha realizado la Suprema Corte de Justicia de la Nación sobre esta figura sancionatoria.
La escala de este estudio didáctico teórico-practico se refleja en lo que se escribe, en lo que hoy es, podrá ser y deberá ser el daño punitivo en nuestro sistema jurídico nacional. La filosofía e interés de las instituciones, que están bajo mi responsabilidad, es fomentar la doctrina y jurisprudencia actualizadas sobre el tema. Sin duda, por su novedad, es un avance hacia la modernidad del derecho de la responsabilidad civil y el derecho de daños civiles, que vislumbra los derroteros que se deben seguir para construir un sistema jurídico más completo e integral.
El actual daño moral y el consecuencial daño punitivo esta última figura hasta hace unos años inédita en nuestro sistema normativo, tanto a nivel federal como estatal, vienen a integrarse como derecho positivo vigente por interpretación propia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y, como aborda el autor, no es menor su relación con la reforma al artículo 1 constitucional de 10 de junio de 2011 sobre derechos humanos, constitucionalizándolos. Se pone a consideración de ministros, magistrados, jueces que conforman el poder judicial de nuestro país, así como de los doctrinarios y abogados litigantes de todos los niveles, para efectos de que emitan el juicio que les corresponde al trabajo realizado. Ello con dos intenciones y esfuerzos importantes sin pontificar: el primero, contribuir a una literatura jurídica nacional y, sobre todo, proporcionar un estudio didáctico y de aplicación práctica de la responsabilidad civil y el derecho de daños. La misión de las instituciones de justicia no solo comprende la actividad jurisdiccional, sino que además fomenta la publicación de obras con fines teórico-prácticos utilitarios, como resultado del sistema de la investigación jurídica.
Con ello concluyo esta presentación, que ha inspirado aspiracionalmente a este Poder Judicial y a su centro de estudios. Enhorabuena a todos los participantes.
Doctor Ricardo Sodi Cuellar
Magistrado Presidente del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Poder Judicial del Estado de México
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