BINDING, KARL
Estudio preliminar acerca de Karl Binding y de su obra
1. Biografía
2. Bibliografía de Binding
3. Aportaciones
4. Acerca de La culpabilidad en el Derecho penal alemán, de Binding, y la traducción de Manuel Cancio Meliá
Prólogo
Introducción
SECCIÓN PRIMERA
EL DOBLE CONCEPTO JURÍDICO DE CULPABILIDAD
1. La culpabilidad como acción culpablemente antijurídica
2. La culpabilidad como tipo subjetivo del delito: concepto y evolución histórica
3. La recepción de la imprudencia y el Derecho alemán
Los principios del delito imprudente. Las dos formas de culpabilidad en la Carolina
4. La modificación de la terminología
5. Independencia y dependencia de los conceptos de culpabilidad y de los lados de culpabilidad de la ley penal requeridos para los delitos en particular
SECCIÓN SEGUNDA
DEL DOLO ANTIJURÍDICO
6. Los dos males del concepto de dolo del derecho común
7. El concepto de dolo del actual derecho común
ANÁLISIS DEL CONCEPTO DE DOLO
8. Introducción
9. El dolo de autor
10. El conocimiento de la antijuridicidad en caso de duda
11. El dolo doble en el delito compuesto
12. El dolo de desencadenante (Urheber), especialmente, el dolo de inductor
13. El dolo del cómplice
14. La relación de los tres supuestos de dolo
SECCIÓN TERCERA
EL ERROR
15. Prolegómenos
16. Puntos de partida indiscutibles
17. El único error jurídicamente relevante en la comisión del delito. La fatalidad de la presunción iuris et de iure para el tratamiento del error
18. La sana praxis germánico-alemana
EL DERECHO DEL ERROR ROMANO
19. El Derecho penal romano
20. La proposición civilista error iuris sui nocet y su limitación a través de los errores en la fuente: error iuris y error facti
21. Pseudo recepción de la teoría del error romana
22. La prosecución de la ruina por parte de la teoría de la coacción psicológica
23. La continuación de esta evolución en la legislación penal alemana de 1813-1869
LA DOGMÁTICA DEL ERROR
24. El concepto de error de delito
25. La irrelevancia de sus errores-fuente. La imposibilidad de su categorización en errores de Derecho y de hecho
26. Los efectos del error de delito
27. El error accesorio en la acción punible
28. Los casos de equivocación no son casos de error
29. Los llamados casos de aberra tia en cuanto supuestos de error
LA REDENCION POR EL DERECHO DE ERROR VIGENTE
30. Sus fuentes: StGB § 59 y la Ordenanza de la Cámara Federal del 18 de enero de 1917
31. El sentido del § 59. Su retorno al tratamiento directo del único error relevante
32. La transformación del Derecho del error vigente en todo 10 contrario, en particular por parte de la praxis
33. La "Declaración acerca de la persecución de infracciones a los preceptos sobre medidas económicas", del 18 de enero de 1917
EL ERROR INVERSO
34. Sus clases
35. El Derecho vigente
36. Su transformación en 10 opuesto por teoría y praxis y el delito putativo pretendidamente punible
37. La suposición errónea de una causa de agravación, de atenuación o de exclusión de la pena
SECCIÓN CUARTA
LA IMPRUDENCIA
38. La posición del delito imprudente en el sistema de los delitos
39. La idea básica del delito imprudente
40. Evitabilidad objetiva y subjetiva
41. El delito imprudente en cuanto obra de la voluntad
42. Los términos "delito imprudente" e "imprudencia"
43. Clases de imprudencia
DELIMITACION DEL DELITO IMPRUDENTE
44. Delito doloso
45. Delimitación del delito imprudente frente a la acción con riesgo moderado
46. Delimitación del delito imprudente frente al caso fortuito
47. Grupos de delitos imprudentes
LA CULPABILIDAD IMPRUDENTE EN EL CASO INDIVIDUAL
48. La capacidad: ¿en qué consiste? ¿cuándo ha de concurrir?
49. El alcance jurídico de las exigencias planteadas a la capacidad
50. La evitabilidad jurídica en cuanto inexcusabilidad del error
LA COMISION DEL DELITO IMPRUDENTE y LA CONFIGURACION DE SU SUJETO
51. Peculiar configuración de la causalidad
52. Autoría de propia mano y no de propia mano
53. Autoría del desencadenante (Urheber) y sus principales formas
EL SUJETO MÚLTIPLE DEL DELITO IMPRUDENTE
54. Los graves errores teóricos
55. Conforme al Derecho escrito del StGB, §§ 47-49
56. Conforme a su complemento mediante el Derecho no escrito
A mi obra sobre las normas se le ha reprochado con frecuencia desde la praxis que su extensión impide su buen aprovechamiento. Se libró del reproche de que no hubiera nada aprovechable en ella. Sin embargo, reconozco por completo la justificación del primero de los reproches mencionados, en la medida en que proviene de una praxis sobrecargada -y sólo en esa medida-. Pues de acuerdo con lo que he observado, nuestra praxis lee demasiado poco, y carece de interés y costumbre para seguir los avances de la ciencia. Sin embargo, mi cometido fue el de, en primer lugar, colocar una nueva base para el trabajo científico. Para ello necesité una amplia fundamentación.
Ahora, una vez que la obra ya está concluida y que cabe afirmar que es muy distinto el rostro adquirido por la teoría de la culpabilidad, es para mí una necesidad dibujar para los señores de la praxis y sus sucesores en el cargo este rostro en sus rasgos característicos, tal y como se me ha descubierto en más de cincuenta años de estudio, en veinte de los cuales también ejercí como juez. Es ésta la única finalidad que persigue este pequeño libro.
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