VIVANTE, CESARE
INTRODUCCIÓN
LITERATURA ITALIANA
LITERATURA FRANCESA
LITERATURA ALEMANA
LITERATURA INGLESA
LITERATURA ESPAÑOLA Y SUDAMERICANA
LIBRO PRIMERO EL DERECHO MERCANTIL Y SU ESFERA DE ACCIÓN
CAPÍTULO I LAS FUENTES
CAPÍTULO II LOS ACTOS DE COMERCIO
LIBRO SEGUNDO LAS PERSONAS
CAPÍTULO I CARACTERES Y CAPACIDAD DE LOS COMERCIANTES
CAPITULO II DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS COMERCIANTES
CAPÍTULO III LOS CORREDORES
CAPITULO IV LOS REPRESENTANTES
CAPITULO V LAS SOCIEDADES COMERCIALES EN GENERAL
CAPITULO VI SOCIEDADES COLECTIVAS
CAPITULO VII SOCIEDADES EN COMANDITA SIMPLE
CAPITULO VIII DE LAS SOCIEDADES ANÓNIMAS
CAPÍTULO IX SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES
CAPITULO X SOCIEDADES DE CAPITAL VARIABLE
SECCIÓN PRIMERA SOCIEDADES COOPERATIVAS
SECCIÓN SEGUNDA SOCIEDADES DE SEGURO MUTUO
CAPITULO XI LA ASOCIACION EN PARTICIPACIÓN
LIBRO TERCERO LAS COSAS
CAPÍTULO I LA EMPRESA COMERCIAL
CAPÍTULO II LAS MERCANCÍAS Y SU CIRCULACIÓN
CAPITULO III LOS CRÉDITOS Y SU CIRCULACIÓN
CAPÍTULO IV TÍTULOS DE CRÉDITO
SECCIÓN PRIMERA TÍTULOS NOMINATIVOS
SECCIÓN SEGUNDA TÍTULOS A LA ORDEN - LA LETRA DE CAMBIO
SECCIÓN III TÍTULOS AL PORTADOR
LIBRO CUARTO LAS OBLIGACIONES COMERCIALES
CAPÍTULO I NOCIONES GENERALES
CAPÍTULO II LA COMPRA VENTA
CAPÍTULO III LAS OPERACIONES DE BOLSA Y LAS OPERACIONES SOBRE TÍTULOS DE CRÉDITO
CAPÍTULO IV EL MANDATO Y LA COMISIÓN
SECCIÓN PRIMERA EL MANDATO
SECCIÓN SEGUNDA LA COMISION
CAPITULO V EL CONTRATO DE CUENTA CORRIENTE
CAPÍTULO VI EL CONTRATO DE PRENDA Y EL DERECHO DE RETENCIÓN
SECCIÓN PRIMERA EL CONTRATO DE PRENDA
SECCIÓN SEGUNDA EL DERECHO DE RETENCIÓN
CAPÍTULO VII EL DEPÓSITO
SECCIÓN PRIMERA EL DEPÓSITO REGULAR
SECCIÓN II EL DEPÓSITO IRREGULAR O B ANC ARIO Y LOS TÍTULOS A QUE DA ORIGEN
SECCIÓN II DEPÓSITOS EN LOS ALMACENES GENERALES
CAPÍTULO VIII EL CONTRATO DE SEGURO
SECCIÓN I NOCIONES GENERALES
SECCIÓN II -SEGUROS DE LAS COSAS
SECCIÓN III EL SEGURO SOBRE LA VIDA
CAPÍTULO IX EL CONTRATO DE TRANSPORTE Y EN ESPECIAL MODO, EL CONTRATO DE TRANSPORTE POR FERROCARRIL
SECCIÓN I TRANSPORTE DE MERCANCÍAS
SECCIÓN II TRANSPORTE DE PERSONAS
LIBRO QUINTO EL DERECHO MARÍTIMO
CAPÍTULO I LOS BUQUES
CAPITULO II LAS PERSONAS
CAPÍTULO III LOS CONTRATOS
SECCIÓN I EL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN
SECCIÓN II CONTRATO DE COMPRA-VENTA
SECCIÓN II EL CONTRATO DE FLETAMENTO
SECCIÓN IV PRÉSTAMO A CAMBIO MARÍTIMO
SECCION V EL SEGURO MARÍTIMO
LIBRO SEXTO LA QUIEBRA
PARTE I
EL PROCEDIMIENTO ORDINARIO
CAPÍTULO I LA DECLARACIÓN DE QUIEBRA
CAPÍTULO II LA ADMINISTRACIÓN DE LA QUIEBRA
CAPÍTULO III LIQUIDACIÓN DEL ACTIVO Y DEL PASIVO
CAPÍTULO IV CLAUSURA Y SUSPENCIÓN DE LA QUIEBRA
CAPÍTULO V DE LA QUIEBRA FRAUDULENTA
PARTE II
EL CONCORDATO PREVENTIVO Y EL PROCEDIMIENTO DE LAS PEQUEÑAS QUIEBRAS
CAPITULO I EL CONCORDATO PREVENTIVO
CAPÍTULO II EL PROCEDIMIENTO DE LAS PEQUEÑAS QUIEBRAS
LIBRO SÉPTIMO LA PRESCRIPCIÓN
CAPÍTULO ÚNICO LA PRESCRIPCIÓN
El derecho comercial es aquella parte del derecho privado que regula las relaciones jurídicas que nacen de la actividad mercantil y toma los caracteres específicos de esa actividad, que necesita crédito, rapidez y puntualidad.
Es muy difícil dar un corte neto entre la materia civil y la comercial; su límite no se desenvuelve siguiendo una línea recta y precisa, sino procede como un confín político, a veces dentro y a veces fuera de la línea teórica que la economía política traza a la actividad comercial, o se aparta de ella por razones históricas, sociales o de policía. Podemos decir tan solo, usando una imagen más que una definición, que la masa mayor de la materia comercial está constituida por la cadena de las operaciones que tienen por objeto hacer pasar las mercaderías y los títulos de créditos que las representan, de manos del que las produce o las transforma, a las manos de quien las consume; y también por la cadena de las operaciones en sentido contrario, que hacen remontar el precio o los títulos que lo representan, desde el consumidor al productor.
La dificultad de marcar límites precisos entre estos dos campos es tan superior a los esfuerzos legislativos y científicos y las cuestiones que surgen a diario de aquella separación artificiosa, son tan perjudiciales para el ejercicio simple y rápido de la justicia, que algún legislador ha pensado en cortar todo motivo de queja, regulando con un solo Código tanto los asuntos civiles como los comerciales; y así se ha hecho en Suiza, con el Código Civil de 1907-1911. También en Inglaterra y en los Estados Unidos, aquella separación entre las dos materias es desconocida, sin que la justicia se resienta por ello. La división del derecho privado en dos Códigos, tiene su principal origen en condiciones económicas, jurídicas y sociales hoy desaparecidas en gran parte y no es posible comprenderla, si no se tienen presentes los varios períodos históricos por los cuales ha pasado el derecho mercantil.
CESARE VIVANTE
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