VILLA, VITTORIO
Premisa
1. La importancia ético-política de los Desacuerdos Interpretativos Profundos (DIP)
1.1. Introducción
1.2. Los desacuerdos interpretativos entre el derecho y la moral
2. Clasificación, definición y características de los DIP
2.1. Una taxonomía de los desacuerdos jurídicos
2.2. Definición, características y condiciones para la identificación de los DIP
3. Análisis semántico de las expresiones objeto de desacuerdo
3.1. Indeterminación vs. vaguedad
3.2. La semántica de las nociones esencialmente controvertidas
4. Los DIP como desacuerdos genuinos, sin culpa e insolubles
4.1. Los tres aspectos centrales de los DIP
A) Desacuerdos genuinos
B) Desacuerdos sin culpa
C) Desacuerdos insolubles
4.2. Las pretensiones de corrección planteadas en el contexto de los DIP
5. El caso paradigmático del «fin de la vida»
5.1. Consideraciones introductorias
6. El «caso Englaro»
Los desacuerdos son una característica permanente en el debate público de nuestras democracias occidentales, a nivel cultural, político, ético y jurídico. El pluralismo de concepciones y visiones del mundo es un hecho que parece estar suficientemente arraigado en nuestras comunidades. Sin embargo, en este trabajo, no me ocuparé de las características generales de los desacuerdos; me centraré en una pequeña porción de ellos, específicamente en los de naturaleza jurídica, a los que he denominado desacuerdos interpretativos profundos. En las páginas siguientes presentaremos una definición más precisa de esta expresión. Por ahora, me limito a señalar que los DIP se pueden identificar como divergencias particularmente radicales que surgen en la actividad interpretativa de jueces y juristas cuando se enfrentan a disposiciones explícitas o a normas implícitas (construidas doctrinal o jurisprudencialmente).
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