CORVALÁN, JUAN G.
Capítulo Primero
GESTACIÓN Y DESARROLLO DEL PRINCIPIO DE DIVISIÓN DE PODERES
1. La doctrina de la separación de poderes. Primeros desarrollos teóricos
2. Gobierno, Administración y división de poderes en el sistema político-jurídico
3. Las características fundamentales del principio de división de poderes en los diversos sistemas jurídico-políticos
Capítulo II
DIVISIÓN DE PODERES EN EL DERECHO COMPARADO
A) Estados Unidos de América
4. División de poderes en las primeras constituciones estadounidenses
5. Política y Administración. El surgimiento de la doctrina de la deferencia y las tensiones entre la versión rígida y balanceada de la separación de los poderes (1787 a 1920)
6. De la inmunidadjudicial a la limitación de las potestades discrecionales
7. La interpretación de la doctrina de la separación de poderes hacia fines del siglo xx y principios del siglo XXI
8. División de poderes y cuestiones no justiciables
B) Francia
9. Introducción
10. La separación de poderes en la Constitución de 1791
11. La Constitución del año III (1795)
12. La Carta de 1814 y la transición de la concepción del Poder Ejecutivo: el poder reglamentario autónomo y las
potestades discrecionales
13. La Segunda República (1845-1851)
14. La Tercera República (1875-1940)
15. La Cuarta República (1940-1958)
16. La Quinta República
17. Interpretación jurisdiccional del principio de separación de poderes
18. Introducción
19. La consagración del ámbito de libertad de la Administración. Actos de Gobierno y actos de Administración
20. Gobierno y Administración
21. División de poderes en la Constitución alemana
22. División de poderes en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional alemán: Gobierno, Administración, reserva de Administración y los ámbitos esenciales o nucleares
23. División de poderes y teoría de esencialidad
24. La división de poderes en el derecho comparado
Capítulo III DIVISIÓN DE PODERES EN ARGENTINA
A) Origen, evolución y rasgos actuales
25. Introducción. Los rasgos esenciales de la división de poderes a partir de la Constitución 1853-1860
B) Organización y fragmetación del poder en la costitución nacional
26. Esquema básico de organización de los tres grandes poderes del Estado
27. La fragmentación del poder
28. La fragmentación del poder en la Constitución nacional a partir de la reforma de 1994
Capítulo IV
DIVISIÓN DE PODERES Y CUESTIONES NO JUSTICIABLES EN ARGENTINA
29. Introducción
30. Gobierno y Administración
31. Las distinciones clásicas entre "lo controlable" y lo "no controlable" judicialmente
32. Clasificación de las cuestiones no justiciables
33. División de poderes, cuestiones no justiciables y el impacto de los tratados jerarquizados constitucional-mente
Capítulo V
TRANSFORMACIÓN DE LA DIVISIÓN DE PODERES Y FRONTERAS DE JUSTICIABILIDAD
34. Concepto amplio y restringido del principio de división de poderes
35. Reconfiguración del principio de división de poderes a la luz de la transformación de la soberanía estatal
36. División de poderes y principio de clausura
37. Reconfiguración del principio de división de poderes a la luz del Estado constitucional. División de poderes cuántica
38. El principio de división de poderes y la intensidad del control judicial
39. Conclusiones. La correlación e interrelación entre la división de poderes, el diseño e implementación en políticas públicas y su control judicial
La evolución histórica del principio de separación de poderes evidenció separación y, a la vez, coordinación, equilibrio y controles recíprocos entre los principales órganos de los Estados. Los Estados constitucionales deben reconfigurar las categorías jurídico-políticas que los nutren a partir de las nociones de participación, flexibilidad, complementariedad, equilibrio dinámico, interrelación, interdependencia y correlación. Todos ellos son elementos indispensables para decodificar un derecho público y un principio de división de poderes al servicio de los derechos fundamentales y de la dignidad humana.
Si bien se mantiene el hecho de que los poderes no puedan confundirse o sustituirse plenamente entre sí, los desafíos actuales, el crecimiento sideral de los órganos públicos y privados, la compleja dinámica social y los importantes desafíos en materia de derechos humanos determinan que el principio de división de poderes en múltiples supuestos se module o perfile a posteriori y en casos concretos. Básicamente, por el grado de afectación e intensidad que los actos u omisiones estatales provocan a los derechos fundamentales y por el tipo de derecho que se encuentra en juego.
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