CURY, FÁBIO LEMOS
1. Introducción
2. Algunas premisas
2.1 Derecho, norma jurídica y valores
2.2 Derecho como sistema, sistema constitucional y principios
2.3 Competencia tributaria y sus límites
3. La regla matriz de las tasas
3.1 La aplicación de la regla matriz de incidencia
3.2 El criterio material de las tasas
3.3 El criterio espacial de las tasas
3.4 El criterio temporal de las tasas
3.5 El criterio cuantitativo: base de cálculo y alícuota de las tasas
3.6 El criterio subjetivo de las tasas
4. Algunos principios específicos y su orientación a las tasas
4.1 Referibilidad, retributividad o equivalencia
4.2 Capacidad contributiva
4.3 Carantía fundamental del acceso a la justicia, el principio de la no vulneración de los derechos fundamentales por la tributación y las tasas judiciales
4.4 La difícil relación entre la practicabilidad tributaria y las tasas
5. La cuestión de las tasas judiciales
5.1 Gastos, costos y emolumento
5.2 La naturaleza tributaria (tasas) de los costos judiciales y emolumentos
5.3 Problemas de las tasas judiciales en relación con el criterio cuantitativo de la regla matriz de incidencia tributaria
5.4 Algunos problemas de las tasas judiciales en relación con el criterio temporal de la regla matriz de incidencia tributaria
5.5 La "carga" tratada por el Decreto Ley N.° 1.025/ 69 y su crisis de identidad: naturaleza y evaluación crítica de su constitucionalidad
6. Las tasas en juicio: la cuestión de la prueba de la referibilidad y la teoría de la distribución dinámica de la carga de la prueba (NCPC, art. 373, §1°)
7. Conclusiones
8. Bibliografía
La figura de las 'tasas' siempre ha sido objeto de mucha controversia, tanto en lo que se refiere a los requisitos y características para su configuración, como en su alcance y mensurabilidad.
En cuanto a la especie tributaria denominada 'tasa', se caracteriza por presentar como presupuesto (hipótesis normativa) la ocurrencia de un hecho revelador de una actividad estatal, directa y específicamente dirigida al contribuyente. La actividad del Estado así configurada implica, en la consecuencia normativa, la obligación de pagar el monto del tributo debido por haberse prestado algún servicio, real o potencial, o incluso el ejercicio del poder de policía.
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