SCHMITT, CARL
La justificación de la dictadura que se apoya en que, si bien esta ignora el derecho, es tan solo para realizarlo, es importante por su contenido, pero no es una derivación formal y, por tanto, no es una justificación en sentido jurídico, porque el fin real o supuesto, por bueno que sea, no puede fundamentar ninguna ruptura del derecho, y la implantación de una situación que responda a los principios de justicia normativa no le presta ninguna autoridad jurídica. La característica formal radica en el apoderamiento de una autoridad suprema, la cual está jurídicamente en situación de suspender el Derecho y autorizar una dictadura, es decir, está en situación de permitir una excepción concreta, como el caso del indulto. Hablando en términos abstractos, el problema de la dictadura sería el problema de la excepción concreta, que hasta ahora no ha sido tratado sistemáticamente en la teoría general del Derecho.
En este trabajo no vamos a entrar en esta cuestión, en para el conocimiento de la dictadura era necesario investigar de qué autoridad suprema-única que puede otorgar tales excepciones-parten las construcciones de la dictadura realizadas hasta la fecha.
CARL SCHMITT